Webinar: ¿En qué consiste el programa de apoyo para la generación de empleo joven?

Jul 26, 2021 | Repositorio Técnico

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El pasado lunes 19 de julio se llevó a cabo nuestro webinar sobre el Programa de Apoyo para la Generación de Empleo Joven, con la participación del Viceministro de Trabajo, Andrés Felipe Uribe Medina, el Consejero Presidencial para la Juventud, Juan Sebastián Arango y el Director de Parafiscales de la UGPP, Jorge Mario Campillo. 

La moderación del evento estuvo a cargo de nuestro Socio y Director de Litigios y Formación, Carlos Arturo Barco Alzate y la abogada de consultoría, Carolina Otálora Van Houten.   https://www.youtube.com/watch?v=QUw2sp6HJ0E&ab_channel=%C3%81lvarezLi%C3%A9vanoLasernaAbogados  En el evento, nuestros invitados realizaron un recuento de lo que consiste el apoyo económico por la   contratación de jóvenes regulado por el Decreto 688 de 2021 y reglamentado por la Resolución 1405 de   2021, la finalidad de esta política pública, los requisitos para ser beneficiario, las exclusiones, el   procedimiento para su reconocimiento, la eventual restitución del aporte de ser procedente y el proceso de   fiscalización por parte de la UGPP. 

Así mismo, en una activa conversación, nuestros clientes e invitados pudieron absolver las dudas más recurrentes sobre la obtención del apoyo y trámite del mismo, con las oportunas precisiones de los citados funcionarios. 

Uno de los puntos que más generó inquietud en las empresas interesadas y que pudo ser aclarado por nuestros invitados fue el alcance de la expresión «trabajadores adicionales» por los cuales los empleadores beneficiarios pueden solicitar el apoyo económico. Aquellos deben corresponder a nuevos empleos con referencia al estado de la nómina con corte a marzo de 2021, por lo que, en consecuencia, no se debe presentar una reducción en la nómina frente a aquella fecha. 

Igualmente, se precisó que el aporte estatal podrá ser reconocido hasta por 12 veces por cada trabajador joven vinculado mediante contrato de trabajo – bajo cualquiera de sus modalidades – o hasta que cumpla los 28 años de edad. 

 Por otra parte, los funcionarios participantes precisaron que la primera postulación para la obtención del   apoyo podrá realizarse en de agosto del año en curso (2021), teniendo en cuenta la nómina del mes de julio,   aclarando que se estima que el Manual Operativo –mediante el cual se regulará el calendario, el detalle   operativo de la transferencia y el proceso de restitución– será publicado por parte del Ministerio del Trabajo   en los próximos días. 

Otro de los diversos tópicos que fueron explicados consistió en el alcance de las varias diferencias que tiene el apoyo regulado por el precitado Decreto 688 de 2021 con el beneficio tributario con efectos en la declaración de renta que será otorgado por la contratación de jóvenes entre los 18 y 28 años de edad cuando se trate de su primer empleo, beneficio que fue creado por la Ley 2010 de 2019 y desarrollado por el también reciente Decreto 392 de 2021. 

En efecto, para la obtención del apoyo no es necesario que se trate del primer empleo de la persona, sino únicamente que ésta se encuentre entre los 18 y 28 años de edad. 

En todo caso, se aclaró que no existe disposición normativa que imposibilite la obtención de ambos beneficios de manera simultánea. 

Éstas y otras apreciaciones sobre el Programa de Apoyo para la Generación de Empleo Joven que fueron objeto de análisis en el webinar del pasado 19 de julio de 2021 pueden ser consultadas en la grabación del evento que estará disponible en nuestro canal de Youtube para consulta permanente. 

En caso de existir nuevas inquietudes o dudas sobre el particular, podrán contactarnos por medio de nuestros correos electrónicos habituales y los demás canales de comunicación ordinarios.